Licencia EAP – MEDIA 1.1

Licencia Restringida de Uso y Reproducción de Contenido Editorial

Versión: 1.1 Fecha de Entrada en Vigor: 19 de octubre de 2025 Otorgante de la Licencia: El Ambientalista Post (en adelante, "El Ambientalista") Receptor de la Licencia: El solicitante que haya completado el Proceso de Adquisición (en adelante, el "Licenciatario")

Artículo 1. Objeto y Alcance

1.1. Objeto: Esta Licencia Regula el uso de una porción específica de la Obra (artículo, fotografía, gráfico, etc.) de El Ambientalista que el Licenciatario ha adquirido mediante el Proceso de Adquisición, a cambio de la contraprestación económica o la donación estipulada.

1.2. Propiedad Intelectual: La concesión de esta licencia no implica la transferencia de derechos de autor ni de propiedad intelectual. El Ambientalista retiene la titularidad exclusiva de la Obra.

Artículo 2. Proceso de Adquisición y Contraprestación

2.1. Requerimiento de Pago: La obtención y validez de los derechos concedidos bajo esta Licencia están estrictamente supeditados al pago íntegro de la tarifa de licencia o a la realización de la donación establecida por El Ambientalista para la Obra específica.

2.2. Modalidad de Pago: La contraprestación (tarifa o donación) deberá ser satisfecha antes de la fecha de inicio del Uso Autorizado (Artículo 3). El comprobante de pago o donación es un requisito indispensable para la activación de esta Licencia.

2.3. No Reembolsable: La tarifa o donación es no reembolsable, salvo que la Licencia sea revocada por un incumplimiento atribuible exclusivamente a El Ambientalista.

Artículo 3. Uso Autorizado y Restricciones

El Licenciatario está autorizado a realizar el Uso Autorizado de la Obra, sujeto a las siguientes limitaciones:

3.1. Atribución Obligatoria: En toda publicación y comunicación de la Obra, se deberá mantener la atribución completa a los autores individuales y a El Ambientalista Post como fuente original, incluyendo un enlace directo a la Obra, si el uso es digital.

3.2. Restricciones de Uso: El uso de la Obra queda estrictamente delimitado por: . Temporalidad: Seis (6) meses a partir de la Fecha de Entrada en Vigor. Territorialidad: El territorio de la República Mexicana. Plataforma/Medio: Una única publicación en formato impreso y su réplica digital asociada. Modificación: El Licenciatario no está autorizado a realizar modificaciones, adaptaciones, traducciones ni a crear obras derivadas de la Obra sin el consentimiento escrito previo y expreso de El Ambientalista.

3.3. Uso No Comercial Primario: La Obra no podrá ser utilizada como elemento central en ninguna campaña publicitaria o promocional que busque el lucro directo. Si el uso genera ingresos, estos no deben provenir primariamente de la Obra licenciada.

Artículo 4. Terminación y Revocación

4.1. Incumplimiento: El Ambientalista podrá revocar esta Licencia de manera inmediata si el Licenciatario incumple cualquiera de los términos de la misma, sin perjuicio de otras acciones legales.

4.2. Consecuencias de la Revocación: Tras la notificación de revocación, el Licenciatario deberá cesar inmediatamente todo Uso Autorizado de la Obra y certificar la destrucción o eliminación de todas las copias reproducidas o distribuidas.

Artículo 5. Jurisdicción

Las partes aceptan someterse a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.

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